Modelos de contrato: Alquiler de habitaciones (propietarios) y subarriendo de habitaciones (inquilinos)

MODELO DE ALQUILER DE HABITACIÓN

En [lugar] a [fecha]

 

REUNIDOS

 

De una parte,

 

Don/Doña [Nombre del propietario], mayor de edad, de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y DNI/ PASAPORTE/ NIE número [número identificación] y cuya fotocopia del mismo queda incorporado como Anexo al final de este contrato. Actúa en su propio nombre y representación,

 

(en adelante, el/los "Propietario/s").

 

De otra parte,

 

Don/Doña [Nombre inquilino 1], mayor de edad, de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y DNI/ PASAPORTE/ NIE número [número identificación] y cuya fotocopia del mismo queda incorporado como Anexo al final de este contrato. Actúa en su propio nombre y representación,

 

Don/Doña [Nombre inquilino 2], mayor de edad, de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y DNI/ PASAPORTE/ NIE número [número identificación] y cuya fotocopia del mismo queda incorporado como Anexo al final de este contrato. Actúa en su propio nombre y representación,

 

(en adelante, el/los "Inquilino/s").

 

El Propietario y el Inquilino serán denominadas conjuntamente como las "Partes".

 

Ambas partes en la calidad con la que actúan, se reconocen recíprocamente capacidad jurídica para contratar y obligarse y en especial para el otorgamiento del presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE HABITACIÓN, y

 

 

 

EXPONEN

 

1º.- Que el Propietario, es propietario de la vivienda amueblada sita en [   ], calle [   ] que consta de [   ] habitaciones numeradas del uno al [   ], una cocina, [   ] cuartos de baño y [descripción de la vivienda, indicar si tiene garaje o trastero y describirlo].

 

-        REF. CATASTRAL: [   ].

-        Comunidad de propietarios: [indicar si forma parte de una comunidad de propietarios].

-        Nº Cédula de habitabilidad [   ] se adjunta fotocopia de la misma como anexo al final del presente contrato.

-        Certificado de eficiencia energética [   ]. Se adjunta fotocopia del certificado como anexo al final del presente contrato.

Habitación: [indicar número de habitación, descripción y dimensiones].

 

El Propietario manifiesta expresamente que tanto el Inmueble como la habitación individual objeto de arrendamiento e identificada anteriormente con el número [indicar número de habitación] cumplen con todos los requisitos y condiciones necesarias para ser destinados a satisfacer las necesidades de alojamiento del Inquilino.

 

(En adelante, la habitación individual objeto del arrendamiento, la “Habitación”, y la vivienda y sus dependencias descritas, incluida la Habitación, conjuntamente, el "Inmueble").

 

2º.- Que el Inquilino, manifiesta su interés en tomar en arrendamiento la citada Habitación y zonas comunes del Inmueble descritas en el Expositivo 1º, para su uso propio (y, en su caso, el de su pareja) como alojamiento habitual..

 

3º.- Ambas partes libremente reconocen entender y aceptar el presente CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE HABITACIÓN (el "Contrato"), conforme a los artículos 1.542 a 1.582 del Real Decreto de 25 de julio de 1889, texto de la edición del Código Civil (el "Código Civil"), reconociéndose mutuamente capacidad jurídica para suscribirlo, con sujeción a las siguientes:

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA: OBJETO

 

1.1.          El Propietario arrienda al Inquilino, que acepta en este acto, la Habitación junto con las zonas comunes del Inmueble descritas en el Expositivo 1º, que el Inquilino acepta en este acto.

 

1.2.          El Inquilino se compromete a usar dicha Habitación, junto con las zonas comunes del Inmueble, exclusivamente como vivienda del Inquilino [Opción 1: incluir de forma opcional: y de su pareja, en su caso].

 

1.3       En relación con el uso de la Habitación y del Inmueble, queda estrictamente prohibido:

a)     Cualquier otro tipo de uso distinto al descrito en el apartado anterior.

b)     El subarrendamiento, total o parcial.

c)     La cesión del contrato sin el consentimiento previo y por escrito del Arrendador.

d)     El uso del Inmueble para comercio, industria ni oficina o despacho profesional.

e)     Destinarla al hospedaje de carácter vacacional.

 

El incumplimiento por el Inquilino de esta obligación esencial facultará al Propietario a resolver el presente Contrato.

 

1.4       Por las dimensiones de la Habitación, [Opción 1: únicamente el Inquilino podrá ocuparla.] [Opción 2: únicamente podrá ocuparla el Inquilino y una persona adicional.]

 

1.5       [Comunidad de propietarios (si el Inmueble esté dentro de una comunidad de propietarios)]. El Inquilino se obliga a cumplir y respetar en todo momento los estatutos y normas internas de la comunidad de propietarios a la que pertenece el Inmueble, que declara conocer y aceptar. Además, se compromete a no molestar ni perjudicar la pacífica convivencia del resto de vecinos de la comunidad.

 

1.6       Normas de convivencia en zonas comunes del Inmueble: El Inquilino se compromete a respetar las normas de respeto y buena convivencia con el resto de los inquilinos del Inmueble.

 

1.7       Mascotas: Se prohíbe expresamente al Inquilino tener en el Inmueble cualquier tipo de animal doméstico, salvo consentimiento expreso por escrito del Propietario. El incumplimiento de la presente obligación será considerado causa suficiente para la resolución del Contrato.

 

SEGUNDA: PLAZO DE VIGENCIA

 

2.1       El Contrato entrará en vigor en la fecha [fecha de entrada en vigor] con una duración inicial obligatoria de [incluir número de mes/es o año/s] a partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato. 

 

[Incluir únicamente una de las opciones según las Partes hayan pactado la prórroga automática del Contrato o no. Eliminar la opción que no aplique al caso.]

[Opción 1. En caso de que las Partes hayan pactado prórroga automática del Contrato]

2.2       El Contrato se prorrogará tácitamente (sin necesidad de aviso previo) en cada anualidad salvo que una Parte manifieste a la otra, con treinta (30) días de antelación a la fecha de terminación del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas, su voluntad de no renovar el Contrato.

 

[Opción 2. En caso de que las Partes no hayan pactado prórroga automática del Contrato]

2.2       Previo a la finalización del Contrato, las Partes podrán pactar su renovación mediante notificación por escrito enviada por cualquiera de las Partes con treinta (30) días de antelación a la fecha de terminación del Contrato o de cualquiera de sus prórrogas.

2.3       [Opcional: En caso de que se precise regular la facultad de resolver el Contrato en cualquier momento]Cualquiera de las partes podrá desistir del Contrato en cualquier momento una vez hayan transcurrido al menos seis (*) meses desde la fecha de entrada en vigor del mismo, siempre que se lo notifique por escrito al Propietario con al menos treinta (30) días de antelación.

 

TERCERA: DERECHO DE ACCESO A LA VIVIENDA DEL PROPIETARIO

 

El Inquilino se compromete a permitir el acceso del Propietario a las zonas comunes del Inmueble, a aquellas habitaciones que no constituyen el objeto de arrendamiento de este Contrato [y a la Habitación].

 

[Opcional: en caso de que el impedimento de acceso sea causa de resolución del Contrato y dé lugar a la reclamación de daños y perjuicios. Caso contrario, eliminar]

El incumplimiento de este compromiso por parte del Inquilino será causa suficiente para que el Propietario pueda dar por resuelto este Contrato, siendo el Inquilino responsable de los daños y perjuicios que el impedimento de acceso al Inmueble puedan ocasionar al Propietario, entre otros, la pérdida de beneficios por no poder arrendar otras habitaciones.

 

CUARTA: ENTREGA DE LA HABITACIÓN Y DEL INMUEBLE

 

4.1       El Propietario entrega al Inquilino la Habitación y el Inmueble en perfectas condiciones de habitabilidad, buen estado de conservación y funcionamiento de sus servicios y a la entera satisfacción de éste.

[Opciones sobre el estado de la vivienda]:

 

 

[Opción 1] Ambas Partes confirman que el Inmueble consta de cocina equipada y la Habitación se entrega sin muebles.

 

[Opción 2] Ambas Partes confirman que el Inmueble consta de cocina equipada y la Habitación se entrega amueblada.

 

[Opción3: Si el contrato tiene inventario. Caso contrario, eliminar] Se adjunta como Anexo el inventario, [con sus correspondientes fotos], recogiendo el detalle del mobiliario de la Habitación y del Inmueble.

 

[Incluir únicamente una de las opciones según la Habitación tenga llave propia o no. Eliminar la opción que no aplique al caso.]

4.2       [Opción 1: Habitación con llave] En este acto, el Propietario hace entrega al Inquilino de [número de llaves] juegos de llaves completos de acceso a la Habitación y al Inmueble. [Opción 2: Habitación sin llave] En este acto el Propietario hace entrega al Inquilino de [número de llaves] juegos de llaves completos de acceso al Inmueble.

 

QUINTA: RENTA

 

Renta arrendaticia

 

5.1       Ambas Partes acuerdan fijar una renta mensual de [renta mensual] EUROS (€).

 

[Opciones de gastos incluidos en la Renta, sólo incluir si se ha seleccionado la Opción 2 de la cláusula 7]: El precio de la renta incluirá, además, los gastos de [indicar suministros, tasas y/o gastos comunitarios incluidos], cuya gestión se quedará por cuenta y cargo del Propietario en virtud de las obligaciones señaladas en la cláusula 7 del presente Contrato.

 

[Incluir únicamente si las Partes han pactado expresamente que el impago de un número concreto de mensualidades da lugar a la resolución del Contrato (puede ampliarse o reducirse el número de mensualidades según lo pactado). De otra forma, eliminar.]

5.2       La falta de pago de una (1) mensualidad de renta será causa suficiente para que el Propietario pueda dar por resuelto este Contrato y ejercite la acción de desahucio.

 

Inicio del devengo de la renta

[Incluir únicamente una de las opciones según la fecha de entrada en vigor del Contrato. Eliminar la opción que no aplique al caso.]

[Opción 1: En caso de que la renta se devengue desde la entrada en vigor del Contrato.]

5.3       Se establece que la renta se devengará a partir de la fecha de entrada en vigor del presente Contrato. El Inquilino paga al Propietario el importe de la renta correspondiente a los días que quedan para finalizar el mes en curso, que el Propietario declara haber recibido a su entera satisfacción, sirviendo el presente Contrato como recibo de pago.

 

[Opción 2. En caso de que la renta se devengue a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor del Contrato.]

5.3       Se establece que la renta se devengará a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor del presente Contrato.


Pago de la renta

 

[Incluir únicamente una de las opciones según la forma de pago sea transferencia bancaria o domiciliación bancaria. Eliminar la opción que no aplique al caso.]

[Opción 1: El método de pago será mediante transferencia bancaria]

5.4       El Inquilino abonará la renta por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco (5) primeros días laborables de cada mes, mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta titularidad del Propietario:

 

Titular: [Nombre del Propietario]. 

Entidad: [Entidad del Propietario]. 

Nº de Cuenta/IBAN: [Cuenta del Propietario]. 

 

[Opción 2: El método de pago será por domiciliación bancaria]

5.4       El Inquilino abonará la renta del presente Contrato por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes, mediante domiciliación bancaria con cargo en la siguiente cuenta titularidad del Inquilino: 

 

Entidad: [Entidad del Inquilino]. 

Nº de Cuenta/IBAN: [Cuenta del Inquilino].

 

Actualización de la renta

 

[Incluir únicamente una de las opciones según las Partes hayan acordado la actualización de la renta o no. Eliminar la opción que no aplique al caso.]

[Opción 1: Se acuerda la no actualización de la renta]:5.5  En este caso se elimina todo el párrafo incluyendo el título de esta sección “Actualización de la renta”.

[Opción 2: Se acuerda la actualización de la renta]

5.5       La renta pactada será actualizada anualmente y de manera acumulativa, en cada [día y mes de entrada en vigor de este contrato], conforme a las variaciones que experimente el índice General Nacional del Sistema de Precios al Consumo ("I.P.C."), publicado por el Instituto Nacional de Estadística teniendo en consideración las variaciones en los doce (12) meses inmediatamente anteriores.

 

5.6       Dada la demora con que se publica el I.P.C, las Partes acuerdan que las revisiones anuales tendrán efectos retroactivos a la fecha en que hubiera correspondido su aplicación, quedando obligadas las Partes (según corresponda) a satisfacer las diferencias correspondientes de una sola vez. La revisión se efectuará por años naturales, repercutiendo en el recibo emitido al mes siguiente de la publicación del IPC los atrasos habidos desde el mes de enero del año en curso, o, en su caso desde el mes de la firma del contrato. En ningún caso, la demora en aplicar la revisión supondrá renuncia o caducidad de la misma. En el caso de que el Instituto Nacional de Estadística dejase de publicar los índices a que se refiere esta Cláusula, la revisión que se establece se calculará en base a los índices o módulos que los sustituyan.

 

[Incluir únicamente en caso de la actualización no opere a la baja, de forma que la renta no disminuya r

especto al año anterior]] Sin perjuicio de lo anterior, las Partes acuerdan expresamente que si la variación experimentada por el I.P.C. fuera negativa, la renta permanecerá igual, sin actualizarse.

 

SEXTA: GARANTÍA DEL CONTRATO

 

[Incluir únicamente una de las opciones siguientes en caso de que las Partes hayan pactado la entrega de fianza para garantizar el cumplimiento del Contrato, y eliminar las opciones que no correspondan. De no pactarse, eliminar la Cláusula Sexta por completo]

[Opción 1: Si se elige pago de la garantía en metálico]

6.1       El Inquilino entrega en este acto al Propietario, quien declara recibirla, la cantidad de [valor fianza] EUROS (€), equivalente a [número de meses a los que equivale lar fianza] mensualidad de renta, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume en virtud del presente Contrato.

 

[Opción 2. Si se elige mediante transferencia bancaria]

6.1.      El Inquilino entrega en este acto al propietario, mediante [transferencia bancaria], quien declara recibirla, la cantidad de [valor del depósito] EUROS (€), en concepto de garantía adicional, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume en virtud del presente Contrato.]

 

[Opción 2. Si se elige mediante transferencia bancaria]

6.1.      El Inquilino entrega en este acto un aval bancario por un importe máximo garantizado de [valor del aval], a primer requerimiento y como garantía de todas las responsabilidades económicas asumidas por el Inquilino en virtud del presente Contrato. El referido aval se incorpora al presente Contrato como Anexo. El Inquilino se compromete a mantener vigente el referido Aval durante toda la vigencia del Contrato.

 

6.2.      El importe de la garantía servirá para cubrir cualquier desperfecto o daño tanto en la Habitación, en el Inmueble como en su mobiliario (según corresponda) así como garantizar el cumplimiento de las obligaciones que asume el Inquilino en virtud de este Contrato.

 

SÉPTIMA: SERVICIOS Y GASTOS

 

[Incluir únicamente una de las opciones siguientes, según lo que se haya pactado en materia de servicios y gastos, y eliminar las opciones que no correspondan.]

[Opción 1. Suministros proporcionalmente a cargo del Inquilino]

7.1       El Inquilino se obliga a pagar cualquier gasto relacionado con la contratación de los servicios y suministros individualizados por aparatos contadores (tales como luz, agua, gas, teléfono e internet) con los que cuenta el Inmueble y que serán parcialmente asumidos por el Inquilino a partir de [fecha de inicio pago suministros], a través del método de prorrateo del total consumido entre el número de habitaciones del Inmueble que se encontraren ocupadas en la mensualidad facturada. El Propietario se obliga a encargarse del mantenimiento, reparación y sustitución de dichos contadores. Cualesquiera otros servicios que contrate o utilice el Inquilino en el Inmueble y que, en general, sean susceptibles de uso individualizado y/o que se contabilicen por contador, serán asumidos por el Inquilino.

 

[Opción 2. Suministros totales a cargo del Propietario]

7.1.      El Propietario pagará los gastos relacionados con la contratación de los servicios y suministros individualizados por aparatos contadores (tales como luz, agua, gas, teléfono e internet) con los que cuenta el Inmueble y que serán íntegramente asumidos por el Propietario durante la vigencia del presente Contrato. Asimismo, se obliga a encargarse del mantenimiento, reparación y sustitución de dichos contadores y cualesquiera otros servicios que contrate o utilice en el Inmueble y que, en general, sean susceptibles de uso individualizado y/o que se contabilicen por contador.

 

7.2       Titularidad suministros.

 

El Inquilino no asume obligación alguna de cambiar la titularidad ni domiciliación bancaria de los suministros indicados en la cláusula precedente, los que quedarán a nombre del Propietario.

 

7.3       Gastos comunidad e IBI.

 

Los gastos de Comunidad de Propietarios así como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.), serán satisfechos íntegramente por el Propietario.

 

7.4       Pago de tasas

 

La tasa por recogida de residuos sólidos urbanos y la tasa por paso de carruajes (en su caso) será de cuenta del Propietario.

 

7.5       El Propietario no asume responsabilidad alguna por las interrupciones que pudieran producirse en cualquiera de los servicios comunes o individuales, salvo cuando sean por causas imputables al mismo, ni estará obligado a efectuar revisiones de renta por dichas interrupciones.

 

OCTAVA: GASTOS DE REPARACIÓN Y CONSERVACIÓN

 

8.1       El Propietario se obliga a realizar las reparaciones que fueran necesarias en el Inmueble y, en su caso, en la Habitación para conservarlas en condiciones de habitabilidad para el uso convenido, salvo las derivadas de la negligencia o culpa o debido al desgaste ocasionado por el uso ordinario del Inmueble y de la Habitación por parte del Inquilino o sus ocupantes, incluidas las de los electrodomésticos y demás instalaciones del Inmueble. El Inquilino será el único responsable de cuantos daños, tanto físicos como materiales puedan ocasionarse a terceros, como consecuencia, directa e indirecta de su habitabilidad en el Inmueble y en la Habitación, eximiendo de toda responsabilidad al Propietario, incluso por daños derivados de instalaciones para servicios o suministros.

 

[Opción 1. Reparaciones a cargo del Inquilino]: A efectos aclaratorios, el Inquilino deberá realizar todas aquellas reparaciones necesarias para el mantenimiento y correcto funcionamiento de los electrodomésticos y/o muebles de su Habitación [y del Inmueble] cuando los desperfectos hayan sido ocasionados por el Inquilino o sus ocupantes, ya sea por un uso negligente o por el desgaste derivado del uso habitual y diligente de dichos elementos. En consecuencia, el Inquilino declara conocer el estado de los electrodomésticos y/o muebles en el momento de la entrega de la Habitación y del Inmueble. 

 

[Opción 2. Reparaciones a cargo del Propietario]: A efectos aclaratorios, el Propietario deberá realizar todas aquellas reparaciones necesarias para el mantenimiento y correcto funcionamiento de los electrodomésticos y/o muebles de la Habitación y del Inmueble, cuando los desperfectos hayan sido ocasionados por el Inquilino o demás ocupantes del Inmueble, según sea el caso, por el desgaste derivado del uso habitual y diligente de dichos elementos.

 

8.2.      Si durante la vigencia del Contrato es necesario hacer alguna reparación urgente en la Habitación o en el Inmueble que no pueda diferirse hasta la conclusión del Contrato, el Inquilino tiene obligación de tolerar la obra, aunque le sea muy molesta, y aunque durante ella se vea privado de una parte del Inmueble.

 

Si la reparación dura más de cuarenta (40) días, deberá disminuirse el precio de la renta pactada a proporción del tiempo y de la parte del Inmueble de que el Inquilino se vea privado, de conformidad con el artículo 1.558 del Código Civil. Si la obra es de tal naturaleza que hace inhabitable la Habitación, puede el Inquilino rescindir el contrato.

 

NOVENA: OBRAS EN EL INMUEBLE

 

9.1       El Inquilino no podrá realizar obras, instalaciones, ni mejoras de ningún tipo en el Inmueble sin el expreso consentimiento previo del Propietario por escrito. Especialmente, se requerirá el consentimiento escrito del Propietario para:

 

a)         la instalación de cualquier electrodoméstico, mueble o aparato de aire acondicionado adherido a la Habitación o al Inmueble; y

b)         realizar cualquier tipo de alteraciones en las paredes, azulejos y baldosas de la Habitación o del Inmueble (en particular, cualquier tipo de orificios o ranuras de forma manual o con herramientas mecánicas).

 

9.3       En el supuesto de que el Inquilino realizase obras sin el permiso previo del Propietario, éste podrá instar la resolución del presente Contrato y exigir al Inquilino la reposición de la Habitación o el Inmueble, según sea el caso, a su estado originario.

 

DÉCIMA: DEVOLUCIÓN DE LA HABITACIÓN

 

10.1     Llegada la fecha de terminación del presente Contrato y, en su caso la de cualquiera de sus prórrogas, el Inquilino deberá abandonar la Habitación y el Inmueble sin que sea necesario para ello requerimiento alguno por parte del Propietario.

 

10.2     El Inquilino se compromete desde ahora y para entonces a devolver la Habitación, el Inmueble y las llaves oportunamente entregadas en la fecha de terminación del presente Contrato entregándolos en perfecto estado, sin más deterioros que los que se hubiesen producido por el mero paso del tiempo y el uso ordinario, libre de los enseres personales del Inquilino y totalmente desocupado.

 

10.3       El Inquilino se obliga expresamente a reparar cualquier desperfecto (a modo ejemplificativo: azulejos, baldosas, armarios, marcos de madera, grifería o sanitarios, etc.) antes de su devolución al Propietario.

 

[Opcional. En caso de que las Partes acuerden penalizaciones en caso de retraso en el desalojo de la Habitación]

10.4       El retraso en el desalojo de la Habitación y/o Inmueble por parte del Inquilino devengará a favor del Propietario, en concepto de penalización por cada día de retraso, un importe igual al doble de la renta diaria que estuviera vigente en ese momento. Todo ello, sin perjuicio de la obligación del Inquilino de abandonar el Inmueble de inmediato.

 

DECIMOPRIMERA: DERECHO DE TANTEO Y RETRACTO

 

El Inquilino renuncia expresamente a los derechos de tanteo y retracto que por dicha condición pudieren corresponderle.

 

DECIMOSEGUNDA: CAUSAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO

 

12.1    Serán causas de terminación del Contrato, además de las legalmente establecidas en el Código Civil y las previstas en este Contrato, las que se mencionan a continuación:

a) La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al Inquilino.

b) La falta de pago del importe de la garantía establecida en la Cláusula Sexta, en caso de pactarse.

c) La realización de daños causados dolosamente en la Habitación o en el Inmueble o de obras no consentidas por el Propietario, cuando el consentimiento de éste sea necesario.

d) Cuando el Inquilino lleve a cabo en la Habitación o en el Inmueble actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.

e) El subarriendo, en caso de no producirse en los términos previstos en el presente Contrato.

f) El incumplimiento de cualquier obligación asumida por las Partes en el marco del presente Contrato.

 

DECIMOTERCERA: PROTECCIÓN DE DATOS. INCLUSIÓN EN FICHERO DE MOROSIDAD

 

13.1     Los datos personales que el Inquilino facilita en el presente contrato y que pueda facilitar en el futuro son necesarios para la celebración del presente contrato, y serán tratados por el Propietario con la finalidad de gestionar el contrato de arrendamiento de la Habitación y sobre la base de la ejecución de dicha relación contractual. El Propietario no comunicará los datos personales del Inquilino a terceros, salvo cuando sea necesario para el cumplimiento de obligaciones legales, sin perjuicio de que los prestadores de servicios de gestión administrativa del Propietario puedan tener acceso a los datos personales del Inquilino para la prestación de dichos servicios. El Propietario no llevará a cabo transferencias internacionales de datos personales.

 

El Propietario conservará los datos en tanto que la relación contractual se mantenga vigente, conservándolos posteriormente, debidamente bloqueados, por el plazo de prescripción de las acciones de acuerdo con la normativa civil aplicable.

 

El Inquilino podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y a la portabilidad de sus datos, así como a la limitación del tratamiento de los mismos, dirigiéndose al Propietario en la dirección que figura en el encabezamiento del presente contrato, y acreditando debidamente su identidad. Asimismo, el Inquilino tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

 

13.2     El Propietario informa al Inquilino que en caso de impago de las cantidades de la renta, sus datos personales podrán ser cedidos al fichero de solvencia patrimonial negativo gestionado por Base de Datos de Morosidad Inmobiliaria, S.L.U., en base al interés legítimo de prevención del fraude. En caso de incorporación de los datos de impagos del Inquilino en un fichero de solvencia patrimonial negativo, el Inquilino recibirá, en el plazo máximo de un mes desde la inscripción de la deuda en el fichero, una comunicación del titular de dicho fichero informándole de la incorporación de sus datos personales en el mismo.

 

DECIMOCUARTA: LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN

 

14.1     El presente Contrato se regirá por la voluntad de las Partes manifestada en el Contrato, en su defecto, por lo dispuesto en el Código Civil.

 

14.2     La competencia para conocer de cualquier controversia relacionada con el presente Contrato corresponderá a los juzgados y tribunales del lugar en el que radique el Inmueble.

 

DECIMOQUINTA: NOTIFICACIONES 

 

15.1     Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse en relación con el presente Contrato deberán realizarse por escrito y se entenderá que han sido debidamente recibidas cuando hayan sido entregadas en mano o bien remitidas por correo postal, correo electrónico, sms telefónico u otro medios análogos certificados a las direcciones que figuran en el encabezamiento del presente Contrato, a los correos electrónicos y teléfonos móviles que figuran en la cláusula 15.2 o a las direcciones, correos electrónicos y/o teléfonos móviles que cualquiera de las Partes comunique a la otra por escrito en la forma prevista en esta cláusula.

 

15.2     Asimismo, y a fin de facilitar las comunicaciones entre las Partes se designan las siguientes direcciones de correo electrónico y número de teléfono, que se considerarán medios de comunicación válidos a los efectos de este Contrato, siempre que se garantice la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras.

 

Por el Inquilino:

-        Mail: [correo electrónico del Inquilino

-        Número de teléfono: [teléfono del Inquilino]

 

Por el Propietario:

-        Mail: [correo electrónico del Propietario

-        Número de teléfono: [teléfono del Propietario]

 

DECIMOSEXTA: FIRMA DEL CONTRATO

 

Las Partes aceptan el presente contrato, así como sus correspondientes anexos y sus efectos jurídicos y se comprometen a su cumplimiento de buena fe.

 

Y para que así consten, suscriben dos (2) copias del presente Contrato en la ciudad y fecha arriba indicados.

 

El Propietario

El/Los Inquilino/s

 

 

_______________________________

Nombre del Propietario:

 

 

 

 

_______________________________

Nombre del/los Inquilino/s:

 

 

-----------

Listado de Anexos:

Anexo 1. Documento de identificación de las Partes.

Anexo 2. Cédula de habitabilidad y certificado Energético.

[Incluir únicamente si resulta aplicable] Anexo 3. Inventario.

[Incluir únicamente si resulta aplicable] Anexo 4. Aval.

 

MODELO DE SUBARRIENDO DE HABITACIÓN

En [lugar] a [fecha]

REUNIDOS

De una parte,

[Don/Doña] [Nombre de la parte subarrendadora], mayor de edad, de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y con [DNI/PASAPORTE/NIE] número [número identificación]; actuando en su propio nombre y representación,

(en adelante, la "Subarrendadora").

Y, de otra parte,

[Don/Doña] [Nombre de la parte subarrendataria], mayor de edad, de nacionalidad [nacionalidad], con domicilio en [domicilio] y con [DNI/PASAPORTE/NIE] número [número identificación]; actuando en su propio nombre y representación,

(en adelante, la "Subarrendataria").

La Subarrendadora y la Subarrendataria serán denominadas conjuntamente como las "Partes".

EXPONEN

I.                 Que la Subarrendadora es arrendataria de la vivienda amueblada sita en [   ], calle [   ], que consta de [   ] habitaciones numeradas del uno al [   ], así como las siguientes zonas de uso común: una cocina, [   ] cuartos de baño y [descripción de otras zonas de uso común de las que disponga  vivienda; indicar si tiene garaje o trastero y describirlo] (en adelante, las “Zonas Comunes”), en virtud del contrato de arrendamiento de fecha [   ],  celebrado entre su propietario, en calidad de arrendador, y la Subarrendadora, en calidad de arrendataria. Dicha vivienda cuenta con:

-        REF. CATASTRAL: [   ].

-        Comunidad de propietarios: [indicar si forma parte de una comunidad de propietarios].

-        N.º Cédula de habitabilidad [   ] se adjunta fotocopia de la misma como anexo al final del presente contrato.

-        Certificado de eficiencia energética [   ]. Se adjunta fotocopia del certificado como anexo al final del presente contrato.

(en adelante, la “Vivienda”).

II.                Que la Subarrendadora ha sido autorizada expresamente y por escrito por el propietario de la Vivienda para la celebración del presente contrato de subarrendamiento de habitación y, en prueba de lo anterior, adjunta una copia de dicha autorización como anexo al final del presente contrato.

III.              Que las dependencias que se subarriendan en virtud del presente contrato consisten en una habitación [individual/doble/etc.], identificada con el número [   ], que consta de aproximadamente [   ] metros cuadrados, [insertar descripción de mobiliario, ventanas, o cualquier otra característica relevante de la habitación] (en adelante, la “Habitación”).

IV.              Que la Subarrendadora manifiesta expresamente que tanto la Vivienda como la Habitación cumplen con todos los requisitos y condiciones necesarias para ser destinados a satisfacer la necesidad de vivienda de la Subarrendataria.

V.               Que la Subarrendataria, manifiesta su interés en tomar en subarrendamiento la citada Habitación y las Zonas Comunes para su uso propio [y, en su caso, el de su pareja/familiar] como alojamiento habitual.

Ambas Partes, reconociéndose recíprocamente capacidad jurídica para contratar y obligarse, deciden libremente suscribir el presente contrato de subarrendamiento parcial de vivienda (subarrendamiento de habitación) (el “Contrato”), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (en adelante, “LAU”); y con sujeción a las siguientes:

CLÁUSULAS

1                     Objeto

1.1                La Subarrendadora subarrienda la Habitación junto con las Zonas Comunes a la Subarrendataria, que acepta en este acto.

1.2                La Subarrendataria se compromete a usar dicha Habitación, junto con las Zonas Comunes, exclusivamente como vivienda de la Subarrendataria en el sentido de lo establecido en el artículo 2.1 de la LAU.

2                     Condiciones de uso

2.1                En relación con el uso de la Habitación y de la Vivienda, queda estrictamente prohibido:

a.       Cualquier otro tipo de uso distinto al descrito en la cláusula anterior.

b.       La cesión del Contrato sin el consentimiento previo y por escrito de la Subarrendadora.

c.        El uso de la Vivienda o la Habitación para comercio, industria ni oficina o despacho profesional.

d.       El anuncio, oferta y/o el destino de la Vivienda o la Habitación al hospedaje turístico o de carácter vacacional.

e.       La realización de actividades peligrosas, insalubres y/o ilícitas.

2.2                El incumplimiento por la Subarrendataria de lo previsto en la anterior cláusula 2.1 facultará a la Subarrendadora a resolver el Contrato.

2.3                Por las dimensiones de la Habitación, únicamente podrá ocuparla la Subarrendataria [y una persona adicional][1].

2.4                [Incluir solo si la Vivienda está dentro de una comunidad de propietarios.] La Subarrendataria se obliga a cumplir y respetar en todo momento los estatutos y normas internas de la comunidad de propietarios a la que pertenece la Vivienda, que declara conocer y aceptar. Además, se compromete a no molestar ni perjudicar la pacífica convivencia del resto de vecinos de la comunidad.

2.5                Normas de convivencia en las Zonas Comunes: La Subarrendataria se compromete a respetar las normas de respeto, uso de espacios comunes y buena convivencia con el resto de los inquilinos de la Vivienda. En especial, la Subarrendataria se compromete a respetar la intimidad, la dignidad, el espacio personal y el descanso de los inquilinos de la Vivienda.

2.6                Mascotas: La tenencia de cualquier animal doméstico en la Habitación y/o en la Vivienda por parte de la Subarrendataria requerirá del previo consentimiento expreso y por escrito de la Subarrendadora. En todo caso, la tenencia de cualquier animal se hará en observancia de las normativas aplicables en materia de protección de animales, y en especial de lo previsto en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales.

3                     Duración

3.1                El Contrato entrará en vigor en la fecha [fecha de entrada en vigor] con una duración inicial de [incluir número de mes/es o año/s] a partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato, siendo de aplicación el régimen de prórrogas establecido en la LAU, en tanto se prolongue el derecho de la Subarrendadora.

3.2                La Subarrendataria podrá desistir del Contrato en cualquier momento una vez hayan transcurrido al menos seis (6) meses desde la fecha de entrada en vigor del Contrato, siempre que se lo notifique por escrito a la Subarrendadora con al menos treinta (30) días de antelación.

3.3                Llegada la fecha de terminación del Contrato y, en su caso la de cualquiera de sus prórrogas, la Subarrendataria deberá abandonar la Habitación y la Vivienda sin que sea necesario para ello requerimiento alguno por parte de la Subarrendadora.

3.4                La Subarrendataria se compromete a devolver la Habitación, la Vivienda y las llaves oportunamente entregadas en la fecha de terminación del Contrato entregándolos en perfecto estado, sin más deterioros que los que se hubiesen producido por el mero paso del tiempo y el uso ordinario, libre de los enseres personales de la Subarrendataria y totalmente desocupado.

4                     Entrega de la Habitación y de la Vivienda

4.1                La Subarrendadora entrega a la Subarrendataria la Habitación y la Vivienda en perfectas condiciones de habitabilidad, buen estado de conservación y funcionamiento de sus servicios y a la entera satisfacción de éste.

4.2                Ambas Partes confirman que la Vivienda consta de cocina equipada y la Habitación se entrega [sin muebles/amueblada].

4.3                [Incluir solo si el Contrato tiene inventario. En caso contrario, eliminar.] Se adjunta como Anexo el inventario, [con sus correspondientes fotos], recogiendo el detalle del mobiliario de la Habitación y de la Vivienda.

4.4                En este acto, la Subarrendadora entrega a la Subarrendataria, y ésta declara haber recibido [número de llaves] juegos de llaves completos de acceso [a la Habitación y] a la Vivienda.

5                     Renta 

5.1                Ambas Partes acuerdan fijar una renta mensual de [renta mensual] EUROS (€).

5.2                La Subarrendadora declara y garantiza que dicha renta mensual es inferior al importe de la renta mensual fijada en virtud del contrato de arrendamiento de la Vivienda, en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 8 de la LAU.

5.3                [Incluir solo si se ha seleccionado la Opción 2 de la cláusula 8. En caso contrato, eliminar.] El precio de la renta incluirá, además, los gastos de [indicar suministros, tasas y/o servicios comunitarios incluidos], cuya gestión se quedará por cuenta y cargo de la Subarrendadora en virtud de las obligaciones señaladas en la cláusula 8 del Contrato.

5.4                [Incluir únicamente si las Partes han pactado expresamente que el impago de un número concreto de mensualidades da lugar a la resolución del Contrato (puede ampliarse o reducirse el número de mensualidades según lo pactado). De otra forma, eliminar.] La falta de pago de una (1) mensualidad de renta será causa suficiente para que la Subarrendadora pueda dar por resuelto este Contrato y ejercite la acción de desahucio.

5.5                [Incluir únicamente si las Partes han pactado expresamente que la renta se actualice anualmente. De otra forma, eliminar.] La renta pactada será actualizada anualmente y de manera acumulativa, en cada [día y mes de entrada en vigor de este contrato], conforme a las variaciones que experimente el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda ("IRAV"), publicado por el Instituto Nacional de Estadística, teniendo en consideración las variaciones en los doce (12) meses inmediatamente anteriores, sujeto a los límites establecidos en el artículo 18 de la LAU. Asimismo, la renta actualizada no podrá ser, en ningún caso, superior a la renta del contrato de arrendamiento de la Vivienda que esté vigente en cada momento.

6                     Devengo y pago de la renta

6.1                [Opción 1: En caso de que la renta se devengue desde la entrada en vigor del Contrato.] Se establece que la renta se devengará a partir de la fecha de entrada en vigor del Contrato. Asimismo, la Subarrendataria paga a la Subarrendadora el importe de la renta correspondiente a los días que quedan para finalizar el mes en curso, que la Subarrendadora declara haber recibido a su entera satisfacción, sirviendo el Contrato como recibo de pago.

6.2                [Opción 2. En caso de que la renta se devengue a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor del Contrato.] Se establece que la renta se devengará a partir del día 1 del mes siguiente a la fecha de entrada en vigor del Contrato.

6.3                La Subarrendataria abonará la renta por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco (5) primeros días laborables de cada mes, mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta titularidad de la Subarrendadora:

-        Entidad: [Entidad de la Subarrendadora]. 

-        N.º de cuenta bancaria (IBAN): [Cuenta de la Subarrendadora]. 

7                     Fianza

7.1                La Subarrendataria entrega en este acto a la Subarrendadora la cantidad de [valor renta mensual] EUROS (€), equivalente a una (1) mensualidad de renta, en concepto de fianza legal. La Subarrendadora declara recibirla y se compromete a efectuar su depósito ante el organismo autonómico competente para el depósito y custodia de las fianzas arrendaticias, en caso de que esté obligada a ello por la normativa aplicable.

7.2                [Incluir únicamente si las Partes han pactado expresamente el pago de una garantía complementaria, adicional a la fianza legal. Esta garantía complementaria está limitada por ley a un importe máximo de dos (2) mensualidades de renta. De otra forma, eliminar.] Asimismo, la Subarrendataria entrega en este acto a la Subarrendadora, quien declara recibirla, la cantidad de [valor garantía complementaria] EUROS (€), equivalente a [una (1) mensualidad / dos (2) mensualidades] de renta, en concepto de garantía complementaria a la fianza legal.

7.3                La fianza legal [y la garantía complementaria] quedan establecidas en garantía de las obligaciones legales y contractuales de la Subarrendataria. A modo meramente enunciativo y no exhaustivo, el importe de la fianza legal [y la garantía complementaria] podrá ser utilizado para cubrir cualquier desperfecto o daño ocasionado a la Habitación, a la Vivienda o al mobiliario de éstas. En ningún caso su importe podrá imputarse al pago de la renta ni a ningún otro concepto de gastos. La devolución de la fianza [y de la garantía complementaria] se hará en el momento de resolución del Contrato, de conformidad con la legislación vigente.

8                     Servicios y suministros

8.1                [Opción 1. Suministros proporcionalmente a cargo de la Subarrendataria] La Subarrendataria se obliga a pagar cualquier gasto relacionado con la contratación de los servicios y suministros individualizados por aparatos contadores (tales como luz, agua, gas, teléfono e internet) con los que cuenta la Vivienda y que serán parcialmente asumidos por la Subarrendadora a partir de [fecha de inicio pago de suministros], a través del método de prorrateo del total consumido entre el número de habitaciones de la Vivienda que se encontraren ocupadas en la mensualidad facturada Una vez practicado el cálculo mediante el método indicado, la Subarrendadora comunicará a la Subarrendataria el importe que ésta debe abonar de conformidad con lo establecido en la cláusula 14.2. Sin perjuicio de la facultad de la Subarrendataria de solicitar a la Subarrendadora la documentación justificativa de los gastos y el cálculo empleado, la Subarrendataria se obliga a pagar a la Subarrendadora el importe comunicado por ésta en el plazo de cinco (5) días naturales desde la fecha de la comunicación del importe, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada por la Subarrendadora en la cláusula 6.2.  

[Opción 2. Suministros totales a cargo de la Subarrendadora] La Subarrendadora pagará los gastos relacionados con la contratación de los servicios y suministros individualizados por aparatos contadores (tales como luz, agua, gas, teléfono e internet) con los que cuenta la Vivienda, y que serán íntegramente asumidos por la Subarrendadora durante la vigencia del Contrato.

8.2                La Subarrendadora no asume responsabilidad alguna por las interrupciones que pudieran producirse en cualquiera de los servicios comunes o individuales, salvo cuando sean por causas imputables a la Subarrendadora, ni estará obligada a efectuar revisiones de renta por dichas interrupciones. Asimismo, la Subarrendataria se compromete a hacer un uso responsable y razonable de los servicios y suministros con los que cuenta la Vivienda y a cumplir con las ordenanzas autonómicas y municipales aplicables, en su caso.

9                     Gastos de reparación y conservación

9.1                La Subarrendadora se obliga a realizar o a exigir al propietario de la Vivienda la realización, según corresponda, de las reparaciones que fueran necesarias en la Vivienda y, en su caso, en la Habitación para conservarlas en condiciones de habitabilidad para el uso convenido, salvo las derivadas de la negligencia o culpa o debido al desgaste ocasionado por el uso ordinario de la Vivienda y de la Habitación por parte de la Subarrendataria, incluidas las de los electrodomésticos y demás instalaciones de la Vivienda.

9.2                Si durante la vigencia del Contrato es necesario hacer alguna reparación urgente en la Habitación y/o en la Vivienda que no pueda diferirse hasta la conclusión del Contrato, la Subarrendataria tiene obligación de colaborar de buena fe, facilitando si fuese necesario el acceso a la Habitación y a la Vivienda, a fin de que se pueda realizar la reparación correspondiente de la forma oportuna, con la debida diligencia y sin ocasionar retrasos o sobrecostes injustificados.

10                  Obras

10.1             La Subarrendataria no podrá realizar obras, instalaciones, ni mejoras de ningún tipo en la Vivienda ni en la Habitación sin el expreso consentimiento previo, por escrito, de la Subarrendadora. A efectos meramente ilustrativo, y de forma no exhaustiva o limitativa, se requerirá el consentimiento escrito de la Subarrendadora para:

a.       Instalar cualquier electrodoméstico, mueble o aparato de aire acondicionado adherido a la Habitación o a la Vivienda; y

b.       Realizar cualquier tipo de alteraciones en las paredes, azulejos y baldosas de la Habitación o de la Vivienda (en particular, cualquier tipo de orificios o ranuras de forma manual o con herramientas mecánicas).

10.2             En el supuesto de que la Subarrendataria realizase obras sin el permiso previo de la Subarrendadora, éste podrá instar la resolución del Contrato y exigir a la Subarrendataria la reposición de la Habitación o la Vivienda, según sea el caso, a su estado originario.

11                  Derecho de tanteo y retracto

11.1             La Subarrendataria renuncia expresamente a los derechos de tanteo y retracto que por dicha condición pudieren corresponderle.

12                  Incumplimiento

12.1             El incumplimiento de las obligaciones asumidas en virtud del Contrato y, en su defecto, de la normativa que resulte de aplicación a cada Parte, será causa de resolución del Contrato.

13                  Protección de datos. Impago e inclusión en fichero de solvencia patrimonial negativo

13.1             Los datos personales que la Subarrendataria facilita en el Contrato y que pueda facilitar en el futuro son necesarios para la celebración del Contrato, y serán tratados por la Subarrendadora con la finalidad de gestionar el Contrato y sobre la base de la ejecución de dicha relación contractual. La Subarrendadora no comunicará los datos personales de la Subarrendataria a terceros, salvo cuando sea necesario para el cumplimiento de obligaciones legales, sin perjuicio de que los prestadores de servicios de gestión administrativa de la Subarrendadora puedan tener acceso a los datos personales de la Subarrendataria para la prestación de dichos servicios. La Subarrendadora no llevará a cabo transferencias internacionales de datos personales.

13.2             La Subarrendadora conservará los datos en tanto que la relación contractual se mantenga vigente, conservándolos posteriormente, debidamente bloqueados, por el plazo de prescripción de las acciones de acuerdo con la normativa civil aplicable.

13.3             La Subarrendataria podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y a la portabilidad de sus datos, así como a la limitación del tratamiento de los mismos, dirigiéndose a la Subarrendadora en la dirección que figura en el encabezamiento del Contrato, y acreditando debidamente su identidad. Asimismo, la Subarrendataria tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.

13.4             La Subarrendadora informa a la Subarrendataria que, en caso de impago de las cantidades de la renta, sus datos personales podrán ser cedidos al fichero de solvencia patrimonial negativo gestionado por Base de Datos de Morosidad Inmobiliaria, S.L.U. (https://www.idealista.com/base-datos-inquilinos-morosos/), en base al interés legítimo de prevención del fraude mediante el proceso de https://www.idealista.com/base-datos-inquilinos-morosos/como-incluir-morosos. En caso de incorporación de los datos de impagos de la Subarrendataria en un fichero de solvencia patrimonial negativo, la Subarrendataria recibirá, en el plazo máximo de un (1) mes desde la inscripción de la deuda en el fichero, una comunicación del titular de dicho fichero informándole de la incorporación de sus datos personales en el mismo.

14                  Notificaciones 

14.1             Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse en relación con el Contrato deberán realizarse por escrito y se entenderá que han sido debidamente recibidas cuando hayan sido entregadas en mano o bien remitidas por correo postal, correo electrónico, SMS/RCS telefónico u otro medios análogos certificados a las direcciones que figuran en el encabezamiento del Contrato, a los correos electrónicos y teléfonos móviles que figuran en la cláusula 14.2 o a las direcciones, correos electrónicos y/o teléfonos móviles que cualquiera de las Partes comunique a la otra por escrito en la forma prevista en esta cláusula.

14.2             Asimismo, y a fin de facilitar las comunicaciones entre las Partes se designan las siguientes direcciones de correo electrónico y número de teléfono, que se considerarán medios de comunicación válidos a los efectos de este Contrato, siempre que se garantice la autenticidad de la comunicación y de su contenido y quede constancia fehaciente de la remisión y recepción íntegras.

a.       Por la Subarrendataria:

-        Correo electrónico: [correo electrónico de la Subarrendataria

-        Número de teléfono: [teléfono de la Subarrendataria]

b.       Por la Subarrendadora:

-        Correo electrónico: [correo electrónico de la Subarrendadora

-        Número de teléfono: [teléfono de la Subarrendadora]  

15                  Ley aplicable, jurisdicción y resolución de controversias

15.1             El Contrato está sujeto a la legislación española.

15.2             La competencia para conocer de cualquier controversia relacionada con el Contrato corresponderá a los juzgados y tribunales del lugar en el que está sita la Vivienda.

15.3             Con la finalidad de dar cumplimiento al requisito de procedibilidad establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, las Partes acuerdan establecer como medio adecuado de resolución de controversias derivadas del Contrato la negociación directa entre ambas. Las Partes acuerdan que la invitación a dicha negociación por la solicitante de la misma se efectuará por correo electrónico, remitido a la dirección de correo electrónico indicada por la Parte correspondiente en la cláusula 14.2 del Contrato.

Las Partes, en este acto, declaran entender, aceptar y válidamente suscribir el Contrato y sus efectos jurídicos, de forma íntegra y sin reservas, y se comprometen a su cumplimiento de buena fe. Y para que así conste, suscriben dos (2) copias del Contrato en la ciudad y fecha arriba indicados.

 

La Subarrendadora

La Subarrendataria

 

 

___________________________________

[Nombre y apellidos de la Subarrendadora]

 

 

 

 

___________________________________

[Nombre y apellidos de la Subarrendataria]

 

 

 



[1] El texto entre corchetes deberá mantenerse únicamente en caso de que se haya acordado expresamente la ocupación de la Habitación por parte de una persona adicional junto con la Subarrendataria. En caso contrario, deberá eliminarse.

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Preguntas frecuentes

1. ¿Qué pasa si mi inquilino/a no paga?

No te preocupes. Habitación Segura garantiza el pago mensual de tu renta sin excepciones debido a que somos nosotros quienes te pagamos la renta directamente. En el supuesto caso de que el inquilino/a no pagase, nosotros activaríamos el protocolo de gestión inmediata pero tú recibirías el dinero de la renta igualmente hasta que el inquilino/a moroso/a desalojara el inmueble.

2. ¿Cómo seleccionáis a los inquilinos?

Aplicamos un proceso de verificación muy riguroso: comprobación de documentación, situación laboral/estudios, referencias y entrevista personal. Solo aceptamos perfiles fiables y acordes a tus criterios.

3. ¿Cuánto tardaré en recibir el alquiler?

Habitación Segura emite los pagos a todos los propietarios/as el día 5 de cada mes. Por ello, recibes puntualmente el pago el día 6 de cada mes directamente en su cuenta bancaria, sin depender del inquilino/a. Habrá meses en los que el día 5 cae en último día de la semana. Según la entidad bancaria, el ingreso en cuenta se recibiría el siguiente día hábil pudiendo no coincidir con el día 6.

4. ¿Qué incluye la gestión de incidencias?

Nos ocupamos de resolver los problemas cotidianos: pequeños arreglos, coordinación de reparaciones y atención directa al inquilino/a. Tú te olvidas de llamadas y preocupaciones.

5. ¿Cuál es la diferencia entre el plan Confort y Calma Total?

El Plan Confort incluye selección de inquilino, contrato blindado, gestión de pagos e incidencias del día a día.
El Plan Calma Total, además, cubre reparaciones y mantenimiento sin límites.

6. ¿Puedo cancelar el servicio en cualquier momento?

Sí, puedes cancelar cuando quieras. No hay ninguna permanencia. Solo pedimos un preaviso para finalizar la gestión del contrato en curso.

7. ¿Por qué elegir Habitación Segura frente a una inmobiliaria tradicional?

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